Por medio del Registro Nacional de Personas Sancionadas (RNPS) en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE), 289 hombres y 74 mujeres han sido registradas y sancionadas en casi cuatro años de su implementación.
Vigente desde el 7 de septiembre de 2020, el RNPS cuenta con un total de 416registros de personas sancionadas por ejercer Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y, de esa cifra se acumulan a la fecha 363 sanciones.
Con corte al pasado 4 de julio, el RNPS reporta que Oaxaca es la entidad con el
mayor número de personas registradas con 142 casos; sin embargo, también
establece que, del total de sanciones en las diferentes entidades, 78 han sido
aplicadas a presidentes o presidentas municipales; 58 a regidores o regidoras y 14
a síndicos o síndicas.
Es decir, en el ámbito municipal es donde se acumula el mayor número de los 416
registros del RNPS, con 315 casos, equivalente al 75.72 %; en el estatal se
agrupan 58 asuntos, el 13.94 %; y en el nacional 43, el 10.34 % del total.
Si se consideran los 416 registros por determinaciones de órgano resolutor, el
RNPS informa que los tribunales estatales han aplicado sanciones firmes en 294
casos; los Organismos Públicos Locales, en 61, y el Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, en coordinación con la Secretaría de Relaciones
Exteriores, en 44 asuntos.
En cuanto a la distribución de la calificación de la conducta en los 416 registros, el
reporte indica que en 143 casos fue clasificada como “leve”, correspondiente al
34.38 %; en 130 asuntos fue catalogada como “grave ordinaria”, el 31.25 %; en
otros 47 juicios fue determinada como “ordinaria”, el 11.30 %, y en otros 33 fue
especificada como “grave”, equivalente al 7.93 %, entre otras.
Al respecto cabe precisar que una falta “leve” implica a la persona sancionada
permanecer en el RNPS durante tres años; cuando es “ordinaria”, cuatro años; en
falta “especial”, cinco años, y en reincidencia, hasta seis años.
Adicionalmente a la inscripción en el RNPS, la autoridad resolutora puede imponer
sanciones económicas, correcciones disciplinarias o medidas de prevención. Es
así que, en 208 casos, el 50 %, no hubo multa, pero en 133 asuntos se impuso
penalidad monetaria y, en 66 más, el 15.87 %, una amonestación pública. Varios
procesos más implicaron otra diversidad de acciones resolutoras.
En el sitio https://portal.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-
sancionadas/, se concentra y organiza el listado de las personas sancionadas,
para consulta pública.
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