12 de octubre de 2024

Dossier de Prensa

Libertad Informativa

Prevención y Readaptación Social debe entregar a una persona privada de la libertad sus estados de cuenta e informarle de las personas que lo visitaron

Una persona privada de su libertad, a través de su derecho de acceso a datos personales, requirió a Prevención y Readaptación Social, un órgano de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la relación y/o estado de cuenta de los depósitos que le ha realizado su familia para adquirir medicamentos y productos de tienda para uso personal, así como una relación de los días y nombres de las personas que lo visitaron en todos los Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESOS) en los que ha estado recluida durante aproximadamente once años.

En respuesta, si bien Prevención y Readaptación Social entregó cierta información, se omitieron los datos correspondientes a dos de los CEFERESOS en los que se ha encontrado recluida la persona recurrente, lo que dio lugar a la presentación de la queja ante este Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El equipo del Comisionado Presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez, concluyó que Prevención y Readaptación Social turnó la solicitud al área correcta, que entregó parte de la información y que si bien, después de la queja de la persona privada de la libertad, extendió la búsqueda a la Coordinación General de Centros Federales, los datos entregados son incompletos.

El Comisionado Alcalá Méndez resaltó que, “en México, las personas acusadas e, incluso, las que ya cuentan con una sentencia, mantienen algunos de sus derechos fundamentales, tal como lo establece nuestra Constitución Política y los Tratados Internacionales, y que ejemplo de ello, son los dos derechos humanos que garantiza este Instituto; es decir, el derecho de acceso a la información y el de protección de datos personales, que pueden ejercerse ya sea por sí mismos, o bien, a través de sus representantes”, por lo que los sujetos obligados y el INAI deben hacer uso de todas las herramientas legales para lograr que esos derechos sean garantizados.

Alcalá Méndez indicó que “los derechos que tutelamos son conocidos como llave o instrumentales, ya que a través de ellos se pueden ejercer otros derechos, como una defensa adecuada, un juicio justo, a la salud, la reinserción social y a tener contacto con el exterior, como también el derecho a recibir visitas y llamadas telefónicas”.

El Pleno del INAI, por unanimidad, resolvió modificar la respuesta de Prevención y Readaptación Social y le instruyó realizar una nueva búsqueda y entregar a la persona privada de la libertad la totalidad de la información solicitada.

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Redacción