Por: Nancy Cárdenas
Una vez iniciado el segundo semestre de este año, el gobierno de la Ciudad de México empieza a gastar el presupuesto que tiene asignado en las acciones y obras que serán insignias de este sexenio.
Por ejemplo, la jefa de gobierno, Clara Brugada, anunció que en este 2025 se construirán diez y seis Utopías, una en cada alcaldía, así como dos líneas de Cablebús que cruzarán territorios de pueblos originarios, del sur de la ciudad. Concretar obras de esta naturaleza, casi siempre encuentran obstáculos de diversa índole en el camino.
Mientras para el gobierno, la oposición vecinal a una obra es una molestia, para la ciudadanía es un derecho reclamado que la autoridad pasa por alto. Así sucedió con los habitantes de San Bartolo Ameyalco, en la alcaldía Álvaro Obregón; quienes en el mes de febrero se opusieron a la intención del gobierno capitalino de realizar una obra hidráulica que impactaría su territorio.
Esta inconformidad vecinal derivó en la instrumentación de una consulta pública, que se formalizó el pasado miércoles con la firma del Protocolo para el Proceso de Consulta Libre, Previa e Informada con el Pueblo de San Bartolo Ameyalco.
La consulta indígena es un mecanismo fundamental para garantizar los derechos de los pueblos y barrios originarios, especialmente en contextos urbanos como la Ciudad de México, donde la expansión de obras públicas puede impactar directamente los territorios que estas comunidades habitan desde tiempos ancestrales. Este proceso no solo responde a un marco legal, sino que representa el reconocimiento del derecho a la autodeterminación, al territorio y a la participación activa en las decisiones que afectan su vida colectiva.
Este derecho está consagrado en instrumentos nacionales e internacionales, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su Artículo 2º reconoce y protege los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
Ante la intención de realizar una obra pública en territorio considerado parte de un pueblo o barrio originario, es obligatorio realizar una consulta indígena previa al inicio del proyecto.
Este proceso debe:
1.- Ser previo a la aprobación o ejecución de la obra;
2.- Ser informado, es decir, que la comunidad tenga acceso claro y comprensible a toda la información sobre el proyecto.
3.- Respetar las formas organizativas propias de la comunidad, convocando a sus autoridades tradicionales.
4.- Buscar acuerdos en condiciones de igualdad, sin imposiciones ni presiones externas.
Obstáculos y retos
En muchos casos, la consulta indígena no se realiza conforme a los estándares internacionales: se convoca de forma tardía, sin brindar información suficiente o sin respetar las formas de decisión comunitaria. Algunas autoridades promueven procesos simulados que más que informar, buscan legitimar decisiones ya tomadas. Esto genera tensiones sociales, resistencia comunitaria y procesos legales para detener obras que afectan los derechos de los pueblos.
La consulta pública en San Bartolo Ameyalco debe reactivar los ánimos en otros pueblos y barrios originarios donde el gobierno tiene proyectado obras de gran impacto ambiental y comunitario, como es el caso de la Utopía que se pretende construir dentro del centro deportivo Xochimilco. Por lo pronto, la consulta de San Bartolo es sólo la excepción que confirma la regla: el gobierno siempre se impone, y en pocos casos, a la comunidad se le escucha.
¿Qué opina, usted?
Escríbame a nancyaudaz@yahoo.com.mx

More Stories
Sólo Morena no ve pruebas
EU pone de cabeza a Morena
Sin Protocolo / Playa Las Cocinas